REGLAMENTO PARA DEPORTISTAS CLUB ICAD

 

INSTITUTO DE CEIENCIAS APLICADAS AL DEPORTE DE JESUS

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REGLAMENTO PARA DEPORTISTAS- VOLEIBOL, DAMAS Y VARONES EN TODAS LAS CATEGORÍAS

APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL CLUB ICAD EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 05 DE MAYO DEL 2011

El Instituto de Ciencias Aplicadas al Deporte de Jesús, desarrolla la disciplina del voleibol desde el 1989. Siempre se ha caracterizado por ser un equipo donde prima la armonía, el respeto mutuo, la unidad, la honestidad, la lealtad y la identificación con el Club ICAD. La Disciplina no solamente la impone el club, sino también el entrenador. El Club se enorgullece de que por sus filas hayan pasado generaciones de las mejores voleibolistas de Arequipa, algunas de ellas en la Preselección y Selección Nacional. De las canteras de nuestra Academia y Club hay jugadoras que integran equipos universitarios y de Liga en los Estados Unidos de América y en Europa, respectivamente. Son generaciones de mujeres voleibolistas que siempre se identificaron con el color rojo, azul, amarillo marcando un hito de historia y reconocimiento en el voleibol arequipeño. Producto de ello son los éxitos y títulos obtenidos a nivel Provincial, Regional y Nacional.

Orgullosos decimos que somos ¡Alma Mater del Voleibol Caymeño y Cuna de Mujeres de Éxito!, queremos que ustedes sean parte de esa historia de trabajo, reconocimiento y ejemplo para todos.

Por ello la Comisión de Voleibol ha creído por conveniente elaborar el presente Reglamento, conforme a Ley y en concordancia con las normas nacionales e internacionales del voleibol y que esperamos que como excelentes deportistas sepan aceptar y acatar el presente reglamento. El mismo se detalla a continuación y tiene la aprobación de la actual Junta Directiva, presidida por el Sr. Jesús Churata.

Artículo 1. El presente reglamento tiene su base en:

  • ·         Ley General del Deporte N°
  • ·         Reglamento de la Federación Peruana de Voleibol.
  • ·         Código de Conducta de la FIVB,
  • ·         Estatuto del Club Instituto de Ciencias Aplicadas al Deporte de Jesús.

Artículo 2. Las deportistas se afilian, ratifican o reafilian al club, en concordancia con el reglamento de la Federación Peruana de Voleibol y de la Federación Internacional de Voleibol.

Artículo 3. No se admiten en el Club deportistas con antecedentes de indisciplina y de consumo de sustancias prohibidas y de ingesta excesiva de alcohol.

Artículo 4. Las deportistas que se afilian o reafilian al Club asumen su compromiso de asistir a los entrenamientos, participar en partidos de prácticas, amistosos u oficiales.

Artículo 5. Todo deportista deberá ser puntual a los entrenamientos, se admite una tolerancia de 15 minutos. La puntualidad, tardanzas y faltas se consignarán en un record de la jugadora.

Artículo 6. Todo deportista (dama o varón) que se afilia o reafilia asume un compromiso legal y de honor con el Club siendo intransferible por el periodo que ha firmado (2 años) desde los 17 años (los menores a 16 se ratifican en forma automática) y no pueden bajo ningún motivo romper su compromiso. Si lo hace es una falta a las normas y se sujeta a un proceso administrativo y de justicia emprendido por el Club, ante las instancias de voleibol. La o el deportista está sujeto a las sanciones que imponga el club ante la Liga Distrital, Liga Provincial o Federación Peruana de Voleibol.

Artículo 7. Si él o la deportista tiene alguna discrepancia irresoluble con la Junta Directiva en relación a su afiliación o desafiliación, deberá resolverla solo en el ámbito de la justicia deportiva (Comisión de Justicia a nivel distrital, provincial, regional, nacional o internacional).

Artículo 8. Se permite a los deportistas (damas y varones) afiliarse o reafiliarse con una cláusula de dejar el Club si la pretensión es de un Club de la Liga Nacional Superior, de la capital de la República o provincia o de propuesta de alguna Universidad o Club del extranjero.

Artículo 9. La institución que desea adquirir los servicios de la deportista afiliada o reafiliada al Club, deberá pagar por su carta pase de acuerdo al monto económico que establezca la Junta Directiva, en concordancia con el Reglamento de la Federación Peruana de Voleibol. Esto significa para el deportista (dama o varón), su autovaloración y valoración por sus cualidades y desempeño deportivo.

Artículo 10. Si la deportista ha sido formada desde las divisiones menores (preinfantil, infantil y menores) en el Club y la deportista desea emigrar a un Club local, de Lima, del país o del extranjero, se hará prevalecer el proceso o derecho de formación. Esto mientras esté afiliada (o) y tenga un compromiso con el Club.

Artículo 11. Deportista que desee emigrar a un equipo local, nacional o extranjero deberá comunicar su intención a su entrenador, a la Comisión de Voleibol y ésta a la Junta Directiva del Club.

Artículo 12. El o la deportista podrá emigrar a un Club local, pero deberá respetar los procedimientos de las normas estipuladas por la Federación Peruana de Voleibol y del presente reglamento.

Artículo 13. Si él o la deportista desea dejar el Club apoyándose en procedimientos fuera de las normas establecidas se considera una actitud desleal, deshonesta y falta a las normas. El Club hará respetar su autoridad institucional.

Artículo 14. Todo deportista (dama o varón) que actúa con deslealtad e incumple sus compromisos marca su partida del Club sin posibilidad de regreso y reincorporación, sin reconocimiento de ninguna índole y se le ignora totalmente.

Artículo 15. Bajo ningún motivo o pretexto los deportistas pueden impedir, imponer o presionar al entrenador la presencia de tal o cual jugador(a) en el campo de juego en un encuentro, excepto si es un caso con antecedentes de indisciplina, que el entrenador o dirigentes desconozcan. So lo hacen sin ninguna razón se considera una actitud de indisciplina sujeta a amonestación o sanción.

Artículo 16. Si los padres asisten a los entrenamientos de sus hijas, no se permite cuestionamientos de carácter técnico que solo le competen al entrenador. Es preferible mantener el silencio para no interferir con el normal desarrollo de la práctica. Se recomienda a los padres o madres de las deportistas no asistir a los entrenamientos cuando entrena el equipo juvenil o el equipo de mayores.

Artículo 17. Se prohíbe la asistencia a los entrenamientos de los pretendientes, amigos, parejas (enamorado(a)) de los deportistas. Solo se admite cuando tienen un compromiso de matrimonio. En los partidos amistosos, oficiales se permite la presencia de amigos o amigas, pero bajo ningún motivo deberán acercarse antes o después del partido. Durante los entrenamientos deberán tener apagados sus teléfonos celulares.

Artículo 18. Todos los deportistas en cualquiera de las ramas o categorías deben exponer un comportamiento apropiado durante su participación en los entrenamientos, partidos de práctica u oficiales y en su vida privada y pública.

Artículo 19. Todos los deportistas (damas y varones) que participen por otros clubes sin previa autorización están sujetos a una llamada de atención o sanción disciplinaria.

Artículo 20. La participación de los deportistas (damas y varones) en partidos amistosos, de exhibición con otro Club debe hacerse, con previa solicitud escrita (del Club interesado).

Artículo 21. Se admiten en los entrenamientos deportistas sin afiliación o afiliados a algún Club, con autorización de su Club de origen, del entrenador, y deberán aceptar y someterse a la disciplina y trabajo del equipo. Si se observa, o se tienen testimonios fehacientes de actitud desleal o indisciplina, se le separa y prohíbe ser parte de la práctica.

Artículo 22. Bajo ningún motivo el entrenador puede aceptar en el entrenamiento deportistas con antecedentes de indisciplina o actitud desleal cuando han pertenecido al Club ICAD.

Artículo 23. Los deportistas que estén inmersos en escándalos o en situaciones indecentes, actitudes desleales de los cuales se tengan testimonios fehacientes o pruebas físicas (fotografías, videos), serán inmediatamente separados del Club.

Artículo 24. Durante los entrenamientos de pretemporada y temporada de campeonato está terminantemente prohibido asistir a discotecas y bares.

Artículo 25. Las faltas disciplinarias de las deportistas son corregidas, amonestadas o sancionadas por el entrenador, la Comisión de voleibol y la Junta Directiva del Club.

Artículo 26. Dependiendo de la gravedad de la falta disciplinaria, se tipifican de la siguiente manera:

  • ·      Amonestación: llamada de atención verbal y escrita.
  • ·         Suspensión: separación de los entrenamientos por 15 ó 30 días hasta por 3 meses.
  • ·         Expulsión: separación definitiva del Club.

Artículo 27. En situaciones de indisciplina graves, el Club tendrá potestad para imponer una sanción, que se puede hacer prevalecer ante la Liga Distrital, Liga Provincial y FPV.

Artículo 28. Todos los deportistas dan por aceptado el presente reglamento y así será valorado como un deportista disciplinado, honesto y leal con la institución a la que pertenece y respetuoso de las normas del voleibol.

                                                                       COMISIÓN DE VOLEIBOL- ABRIL 2011

                                                                         JUNTA DIRECTIVA ICAD, MAYO 2011

 

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